Encierro ciudadano

Por un Castillo para la Educación, Universitario.

EL CASTILLOCIUDADANIA

2/20/20241 min leer

Boletín Oficial del Estado (BOE) de 13 de enero de 1996.

La Fundación denominada "Moctezuma" destinada a proporcionar gratuitamente a la juventud de Ronda y su Serranía los beneficios de la enseñanza, con el sostenimiento de un establecimiento en el edificio denominado "El Castillo", declarado Bien de Interés Cultural (BIC) por la Ley 16/1985.

Decreto de 22 de abril de 1949, artículo I: "Todos los castillos de España, cualquiera que sea su estado de ruina, quedan bajo la protección del estado. Que impedirá toda la intervención que altere su carácter."

Ley 10/2005 de 31 de mayo de 2005, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, art. 42: " La fundación se extinguirá, apartado C, cuando sea imposible la realización del fin fundacional"

La protección de estructuras como El Castillo se encuentra respaldada por el Decreto de 22 de Abril de 1949, que establece que todos los castillos de España, independientemente de su estado de conservación, están bajo la protección del Estado.

Este decreto prohíbe cualquier intervención que pueda alterar su carácter histórico, asegurando que estas joyas del pasado sigan siendo testigos de la historia y fuente de inspiración para las futuras generaciones.

En un contexto más amplio, la Ley 10/2005 de 31 de Mayo de 2005, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, proporciona el marco legal para la creación y extinción de fundaciones como la Moctezuma. Según el Artículo 42 de esta ley, una fundación puede disolverse si se vuelve imposible alcanzar su objetivo fundacional, una salvaguarda que asegura que las fundaciones continúen sirviendo a sus propósitos originales.

Si quieres participar en el encierro ciudadano en "El Castillo", envía un correo a:

elcastillo@rondae.es